.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2011
 
institución:HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
 
institución:CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
 

13 resultados encontrados en 31 ms. Página 1 de 2
Descargar    Expandir/Colapsar
R-DCA-640-2011 Contraloría General de la República. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del quince de diciembre de dos mil once.----------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Nutricare, S.A. en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio del Hospital Dr. Max Terán Valls, para la compra de uso enteral.------------------------------------------ RESULTANDO I.-Nutricare, S.A. impugnó la decisión del Hospital licitante de declarar desierto el concurso, en el cual participó como única oferente, por cuanto considera que el acto adolece de la motivación que requiere la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.--------------------------------------------------------------- II.-Mediante auto de las 10:00 horas del 20 de octubre de 2011, se admitió para trámite el recurso presentado.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III.-En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------------- CONSIDERANDO I.-Para el dictado de la presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de su unidad desconcentrada Hospital Max Terán Valls, promovió la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, para la compra de productos de uso enteral, licitación que fue declarada desierta (ver La Gaceta 191 del 5 de octubre de 2011); 2) Que el cartel de licitación, en lo que interesa, dispuso: “el objeto del presente concurso es para el Suministro de Suplementos mediante la modalidad de licitación por entregas según demanda, para ser utilizado en la adición a la dieta para corregir o prevenir deficiencias de vitaminas, minerales, proteínas, en ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Contenido del cartel, Condiciones invariables, Sistema de evaluación, Principios de la contratación administrativa, Condiciones invariables, Sistema de evaluación


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10945 07 de noviembre del 2011 DCA-2908 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls Estimada Señora: Asunto: Se concede autorización al Hospital Dr. Max Terán, para disminuir el monto de las líneas 3, 4 y 5 de la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308.- Nos referimos a su oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0629-09-2011, mediante el cual requiere autorización para disminuir en un 58%, tres de las cinco líneas de la Licitación Abreviada No.2009- 000001-2308, a saber: Línea Cantidad original contrato Nueva Cantidad % Disminución Monto Inicial Nuevo Monto 3 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 4 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 5 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 Al respecto ha de indicarse: I. Antecedentes Mediante oficio DCA-2650, este órgano contralor requirió información adicional para continuar con el análisis de la solicitud planteada, gestión que fue atendida mediante oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0691-06-2011. 2 II. Justificación La Administración expone los siguientes argumentos, como respaldo a su solicitud: i. Se promovió la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308, para la adquisición de reactivos para pruebas especiales, para ser utilizado en la diaria atención de pacientes que ingresan al Hospital Dr. Max Terán Valls, para mantener existencias por un periodo de un año con probabilidad de prórrogas por tres periodos iguales. ii. El cartel estableció las siguientes cantidades y objeto: Línea Cantidad original contrato Objeto 1 2000 Reactivo DET HIV I-II 2 1000 Reactivo DET PSA 3 2400 Reactivo DET T3 4 2400 Reactivo DET T4 5 2400 Reactivo DET TSH iii. La Licitación Abreviada No.2009-000001-2308 fue adjudicada a la empresa EQUITRON S.A. iv. El año inicial se ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Documento: 10945-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 10223 12 de octubre, 2011 DFOE-EC-0492 Master Román Solera Andara Presidente Ejecutivo CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP) Estimado señor: Asunto: Aprobación del Presupuesto Extraordinario No. 3 del año 2011 del Consejo Nacional de Producción. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el presupuesto extraordinario No. 3-2011 del Consejo Nacional de Producción. No obstante lo anterior, no omitimos señalar que, el presente documento se aprueba por partida del objeto del gasto; lo anterior, de acuerdo con los “Lineamientos generales sobre el nivel de aprobación del presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados”, por lo que la información que se haya suministrado a otro nivel se considera de carácter informativo. Finalmente, cabe destacar que para futuros trámites de este naturaleza, es necesario que la certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social donde se indique que se encuentra al día con las cuotas obrero patronales, se remita a este órgano contralor en forma oportuna, así como la certificación de verificación de requisitos mínimos del bloque de legalidad que deben cumplir los documentos presupuestarios, a fin de evitar dilaciones en el trámite de marras. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA GERENTE DE ÁREA GST/MMC/MCU/mmd ci Auditoría Interna - CNP Área de Estudios Financieros - CNP Expediente (G-2010002642, P-12) Ni 17328 – 17864 - 18029 http://www.cgr.go.cr/ ] ...
Fecha publicación: 27/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10028 14 de octubre, 2011 DCA-2688 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS Estimada señora: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato para la prestación de servicios de transporte de pacientes, modalidad de servicios según demanda, sucrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls con el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN- 000001-2308. Damos respuesta a su oficio DG-H-DR-M-T-V-0588-08-2011 de fecha 24 de agosto del año en curso, complementado por el oficio DG-HDRMTV-06470-10-2011 del 05 de octubre último, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato para la prestación de servicios privados de transporte de pacientes, modalidad de servicio según demanda, suscrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls y el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN-000001-2308. Con fundamento en el acuerdo de adjudicación esta División procede a devolver el citado contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las siguientes observaciones: 1) Cálculo del kilometraje: en la cláusula segunda se establece que el cómputo del kilometraje a reconocer se realizará tomando como referencia la tabla de kilometraje convenida con el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Quepos, y en caso de que el destino contratado no esté establecido en dicha tabla, el kilometraje correspondiente será estimado oportunamente en coordinación con el Encargado General del Contrato. Sin embargo, se advierte que en esos casos, se deberá tomar como referencia la Tabla Oficial de Distancias establecida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y dejar debidamente justificado el kilometraje que en definitiva se establezca en cada caso. 2) Orden de prioridad ...
Fecha publicación: 20/10/2011
Fecha emisión: 14/10/2011
Documento: 10028-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09999 13 de octubre de 2011 DCA-2679 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls de Quepos Fax: 2777-3231 Estimada señora: Asunto: Se emite respuesta a consulta sobre la procedencia de realizar contrataciones directas por escasa cuantía con entregas según demanda para la compra de aceites, lubricantes, filtros de aire aceite y diesel. Nos referimos a su oficio número DG-HDRMTV-608-09-2011 del 7 de setiembre del presente año de 2011, mediante el cual consulta lo relacionado en el asunto. Sobre el particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular CO-529, publicada en La Gaceta 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. Dicha circular dispone en sus artículos 1, 2 y 3, que esta Contraloría General de la República conoce las consultas atinentes a su ámbito competencial, además de requerir la incorporación del respectivo criterio jurídico de la Administración consultante. Bajo ese panorama, deviene el rechazo de la presente consulta, toda vez que la misma no se acompaña del referido criterio jurídico. No obstante lo anterior en un afán de colaboración le adjuntamos copia de cinco oficios emitidos por este órgano contralor y que versan sobre el tema por usted consultado, los oficios son: 02380 (DJ-0944 del 11 de marzo de 2010), 06451 (DJ-6451 del 5 de julio de 2010), 02365 (DCA-624) del 10 de marzo de 2011, 07908 (DCA-2170 del 25 de agosto de 2011), y 3319 (DCA-0968 del 12 de abril de 2011). Así las cosas, esta División se abstiene de emitir criterio alguno y se procede al archivo de la misma. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 13/10/2011
Documento: 09999-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 09828 10 de octubre, 2011 DJ-1115-2011 Licenciada Martina Carvajal Zamora Directora CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta sobre la forma de recuperar la garantía rendida en una contratación específica del Consejo Nacional de Producción por ser caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio DPE-2203-2011 de fecha 27 de setiembre de 2011, mediante el cual se consulta sobre la forma de recuperar la garantía rendida en una contratación específica (LP No. 0010-2005) tramitada por parte del Hospital Calderón Guardia. Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nro. 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta Nro. 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa. Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver casos concretos, según el artículo segundo de la circular citada que dispone: “La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.” Así, la función consultiva se circunscribe a la emisión de criterios de carácter general, sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones específicas atinentes a la institución consultante. Al tratarse en sentido estricto de la resolución de un caso particular, este órgano contralor no entrará a dictaminar por la vía consultiva sobre materia que corresponde al ámbito de gestión de ese Consejo Nac ...
Fecha publicación: 10/10/2011
Fecha emisión: 07/10/2011
Documento: 09828-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07369 10 de agosto, 2011 DCA-2049 Señor: MBA. Román Solera Andara Presidente Ejecutivo Consejo Nacional de Producción Fax: 2255-4729 Estimado señor: Asunto: Se acepta el retiro de la solicitud de autorización para vender en forma directa un inmueble a la Municipalidad de San José con la finalidad de que en él se desarrolle el proyecto de construcción de Villa Olímpica con motivo de los Juegos Deportivos Centroamericanos en el año 2013. Nos referimos a su oficio PE 152-11 de fecha 21 de julio de 2011 recibido en este Despacho el día 22 del mismo mes y año por medio del cual solicita estudio de la autorización referida en el asunto, el cual es ampliado mediante oficio PE-157-11 del 3 de agosto del año en curso, recibido inicialmente vía fax el día 8 de agosto de 2011 y en original el día 9 del mismo mes y año junto con los antecedentes respectivos. Al respecto se indica lo siguiente: Siendo que de conformidad con el último oficio de cita, se ha solicitado a esta División el retiro de la autorización referida junto con la documentación presentada con ella, se procede a devolver sin aprobación la gestión y se entrega junto con este oficio el “Expediente Administrativo Venta Plantel Central”. No omitimos manifestar que este Despacho se encuentra en la mejor disposición de atender nueva solicitud de estudio que el Consejo enunciado requiera con relación a este asunto. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada MSc. Kathia G. Volio Cordero Gerente Asociado Fiscalizadora KGVC/yhg NI: 12686 Ci: Archivo central G: 2011001786-1 ] ...
Fecha publicación: 15/08/2011
Fecha emisión: 10/08/2011
Documento: 07369-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 06574 18 de julio, 2011 DCA-1842 Señor Lic. Edgar Hernández Valverde Gerente General Consejo Nacional de Producción Estimado señor: Asunto: Se autoriza al Consejo Nacional de Producción a realizar contratación directa concursada para vender 5.808,71 quintales de frijoles rojos, cosecha 2009, al amparo del artículo 2 bis inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 138 del Reglamento a dicha ley. Se atiende su oficio No. SUB GG 180-11 de fecha 4 de julio de 2011, recibido el día 5 del mismo mes y año, por medio del cual, solicita autorización para realizar contratación directa concursada referida en el asunto. I. Antecedentes y justificaciones de la solicitud. -Que la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción, (en adelante CNP), cumpliendo con su función de intervención en el mercado, para mantener la producción y disponibilidad de los productos agropecuarios, así como la estabilidad de los precios a que alude su Ley Orgánica; autorizó la compra de 7.000 quintales de frijol rojo nacional cosecha 2009, a un precio de ¢30.000,00 (Treinta Mil colones 00/100) por quintal, proveniente de la cosecha frijolera de la Zona Sur del país. Lo anterior según Acuerdo #37809, Sesión 2756 (Ord.), Art. 24°, celebrada el 11 de noviembre del 2009. -Que la adquisición de este producto obedece exclusivamente a un comportamiento atípico respecto a la oferta nacional (grano de origen nacional e importado), no esperado dentro de las proyecciones establecidas, por cuanto ingresan volúmenes de grano importado superiores a lo estimado, a un precio inferior al de la cosecha nacional, lo que genera sobreoferta de frijol rojo y con el consecuente desplazamiento del producto nacional. -Que de la compra total autorizada, 1,113.91 quintales se adquirió de los Asentamientos Campesinos del ...
Fecha publicación: 21/07/2011
Fecha emisión: 18/07/2011
Documento: 06574-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 04531 23 de mayo, 2011 DFOE-EC-0223 Licenciado Ricardo Zúñiga Cambronero Gerente General CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION Estimado señor: Asunto: Devolución sin trámite del presupuesto extraordinario No. 3 del año 2011 del Consejo Nacional de Producción (CNP). Se procede a devolver sin trámite el presupuesto extraordinario No.3-2011 del Consejo Nacional de Producción, remitido mediante oficio No. DIRAF. No. 129-2011, del 13 de mayo de 2011, según lo acordado por la Junta Directiva, en la sesión No. 2797, artículo 4º, celebrada el día 6 de abril de 2011. Lo anterior se fundamenta en la solicitud expresa de retirar dicho presupuesto extraordinario, planteada a este órgano contralor por el Director Administrativo Financiero de ese Consejo, mediante oficio No. DIRAF No. 156-2011, recibido el día 20 de mayo de 2011, en el que se reconoce que el rebajo de ingresos propuesto por concepto de venta de activos fijos es improcedente, por cuanto dichos ingresos fueron improbados por este órgano contralor, según consta en el punto III-3), de nuestro oficio No. 12546 del 17 de diciembre de 2010. Por otra parte, se previene a esa Administración para que, como parte del proceso de formulación de un futuro documento presupuestario que tenga como propósito cumplir con la Directriz No. 013-H de la Presidencia de la República y el Ministro de Hacienda, se evalúe si debe consultarse a la Autoridad Presupuestaria algún aspecto que se considere excepcional en relación con lo que dispone dicha directriz, lo anterior, al tenor de lo previsto en el último párrafo de su artículo 7º. Finalmente, se debe tener en cuenta la necesidad de que, en los documentos ...
Fecha publicación: 26/05/2011
Fecha emisión: 23/05/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: OTROS OFICIOS RELACIONADOS CON EXTRAORDINARIOS
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 04474 20 de mayo, 2011 DFOE-EC-0217 Máster Roman Solera Andara Presidente Ejecutivo CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP) Estimado señor: Asunto: Aprobación del Presupuesto Extraordinario No. 2 del año 2011 del Consejo Nacional de Producción. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el presupuesto extraordinario No. 2-2011 del Consejo Nacional de Producción. Al respecto, se le comunica lo siguiente: 1. Se aprueba el ajuste propuesto en el superávit específico, sin perjuicio de lo que eventualmente resuelva este órgano contralor en su función de fiscalización posterior. 2. Se aprueban los recursos contenidos en la partida “Transferencias Corrientes”, para el proceso de reorganización y pago de prestaciones legales, con base en lo dispuesto en la Ley No. 8900, Presupuesto Extraordinario de la República, publicada en el Alcance No. 1 de La Gaceta No. 225 del 19 de noviembre de 2010. Será de exclusiva responsabilidad de esa Administración el establecer los mecanismos de control necesarios que garanticen la utilización de dichos recursos conforme a los fines establecidos en dicha Ley. Lo anterior, sin perjuicio de las potestades de fiscalización posterior de este órgano contralor. 3. El presente documento se aprueba por programas y por partida del objeto del gasto; lo anterior, de acuerdo con los “Lineamientos generales sobre el nivel de aprobación del presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados”, por lo que la información que se haya suministrado a otro nivel se considera de carácter informativo. Atentamente, ...
Fecha publicación: 25/05/2011
Fecha emisión: 20/05/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO